Autoliquidación del impuesto, en general

Trámite 1936

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Detalles del trámite

A través de este trámite, las personas obligadas podrán realizar la autoliquidación, en general, de todos los hechos imponibles del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.


Dirigido a

  • Transmisiones de bienes y derechos, en general
    • El adquirente
  • Constitución de derechos reales
    • Persona a favor de quien se realice la constitución
  • Constitución de fianzas
    • Acreedor afianzado
  • Arrendamientos
    • El arrendatario
  • Actos jurídicos documentados
    • El adquirente del bien o derecho
    • En ocasiones las personas que insten o soliciten los documentos o en cuyo interés se expidan
  • Operaciones societarias
    • la sociedad
    • Los socios en la disolución y liquidación

Requisitos

  • Plazo para presentar las autoliquidaciones:
    • Un mes desde el día siguiente a la realización del acto o contrato.
    • Cuando el último día del plazo coincide con sábado, domingo o festivo se podrá presentar hasta el primer día hábil siguiente.
    • El plazo se cuenta de fecha a fecha. Si en el mes que vence el plazo no hay día equivalente al del inicio del cómputo se entiende que el plazo termina el último día del mes.
      • Ejemplo: hecho imponible el 31 de marzo, por tanto el último día de plazo será el 30 de abril siempre que no coincida con sábado, domingo o festivo.
  • Esta aplicación permite la confección, pago y presentación telemática de autoliquidaciones.
    • Obligatorio para los profesionales
    • Particulares con firma digital: DNIe/Certificado electrónico o Cl@ve nivel avanzado
  • Cuándo hay que liquidar el impuesto en nuestra Comunidad Autónoma:
    • Bienes inmuebles: cualquier hecho imponible relacionado con inmuebles situados en Aragón (compraventas, arrendamientos, préstamos hipotecarios, cancelaciones de hipoteca...)
    • Bienes muebles (vehículos, obras de arte, dinero...): cuando la persona que adquiere estos bienes tiene su residencia habitual en Aragón.
    • Operaciones societarias: cuando la sociedad tiene su domicilio social/fiscal en Aragón.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Escritura pública o Documento privado

    Aportar el documento que proceda siempre que contenga la realización del hecho imponible que se va a autoliquidar.

  • 2. Si te has aplicado algún beneficio fiscal o tipo impositivo reducido

    Aportar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos para poder beneficiarte.


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS

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Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

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